Estudio de Riesgos Actualización Plan Regulador de Copiapó |
Respuesta a consulta CAS-4670953-T8L2X3 |
La información se deniega en su totalidad |
Ley 20.285 artículo 21 número 1 letra b) Las únicas causales de secreto o reserva en cuya virtud se podrá denegar total o parcialmente el acceso a la información son los siguientes: 1.- Cuando su publicidad, comunicación y conociemiento afecte el debido cumplimiento de las funciones del órgano requerido, particularmente: b) tratándose de antecedentes o deliberaciones previas a la adopción de una resolución, medida o política, sin perjuicio de que los fundamentos de aquéllas sean públicos una vez que sean adoptadas. |
04/09/2017 |
Ver Enlace |
Información anual desde el 2000 al 2016 sobre número de consultas enviadas por arquitectos o contribuyentes en relación a Municipios, número total a nivel nacional/Regional y Municipalidad de Las Condes, número total a favor de los municipios/Nacional/Regional y Municipalidad de las Condes. Número de consultas realizadas por la Municipalidad. |
Respuesta a consulta CAS-4498353-T6K1F9 |
La información se deniega en su totalidad |
Ley 20.285 artículo 21 número 1 letra c) Las únicas causales de secreto o reserva en cuya virtud se podrá denegar total o parcialmente el acceso a la información son los siguientes: 1.- Cuando su publicidad, comunicación y conociemiento afecte el debido cumplimiento de las funciones del órgano requerido, particularmente: c) Tratándose de requerimientos genérico, referidos a un elevado número de actos administrativos o sus antecedentes o cuya atención requiera distraer indebidamente a los funcionarios del cumplimiento regular de sus labores habituales. |
28/04/2017 |
Ver Enlace |
Propuesta Ordenanza Plan Regulador Intercomunal Costero de Atacama |
Respuesta a consulta CAS-1324127-7VSRJR |
La información se deniega en su totalidad |
Ley 20.285 artículo 21 número 1 letra b) Las únicas causales de secreto o reserva en cuya virtud se podrá denegar total o parcialmente el acceso a la información son los siguientes: 1.- Cuando su publicidad, comunicación y conociemiento afecte el debido cumplimiento de las funciones del órgano requerido, particularmente: b) tratándose de antecedentes o deliberaciones previas a la adopción de una resolución, medida o política, sin perjuicio de que los fundamentos de aquéllas sean públicos una vez que sean adoptadas. |
25/04/2012 |
Ver Enlace |