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GobiernoTransparente - Ministerio de Vivienda y Urbanismo, MINVU.

Marco Normativo

Desde el 01 de Marzo de 2009 al 30 de Noviembre de 2021.

Última actualización:09/12/2021

A continuación se presenta toda la normativa que establece potestades, competencias, responsabilidades, funciones, atribuciones y/o tareas para este Organismo (Región de Valparaíso).

Potestad, competencia, responsabilidad, función, atribución y/o tareas Fuente legal Enlace a la publicación o archivo correspondiente
Concretar la política nacional de vivienda, urbanismo y equipamiento en sus regiones. Art. 2°, D.S N° 397, (V. y U.), de 1976 Reglamento Orgánico de las Secretarías Ministeriales de Vivienda y Urbanismo ver enlace
Planificar el desarrollo urbano regional e intercomunal y apoyar la planificación comunal. Art. 2°, D.S N° 397, (V. y U.), de 1976 Reglamento Orgánico de las Secretarías Ministeriales de Vivienda y Urbanismo ver enlace
Planificar la actividad regional en materia habitacional. Art. 2°, D.S N° 397, (V. y U.), de 1976 Reglamento Orgánico de las Secretarías Ministeriales de Vivienda y Urbanismo ver enlace
Programar la inversión regional en materia de vivienda, urbanización y equipamiento, dentro de las disponibilidades presupuestarias. Art. 2°, D.S N° 397, (V. y U.), de 1976 Reglamento Orgánico de las Secretarías Ministeriales de Vivienda y Urbanismo ver enlace
Controlar y evaluar la labor que se cumple por el Sector dentro de la región. Art. 2°, D.S N° 397, (V. y U.), de 1976 Reglamento Orgánico de las Secretarías Ministeriales de Vivienda y Urbanismo ver enlace
Promover y difundir las políticas habitacionales. Art. 2°, D.S N° 397, (V. y U.), de 1976 Reglamento Orgánico de las Secretarías Ministeriales de Vivienda y Urbanismo ver enlace
Velar por el estricto cumplimiento por parte del SERVIU de los planes, programas, normas e instrucciones impartidas por el Ministro y por el Subsecretario de Vivienda y Urbanismo y, especialmente, porque sus inversiones se ajusten a los presupuestos aprobados para ellos. Art. 2°, D.S N° 397, (V. y U.), de 1976 Reglamento Orgánico de las Secretarías Ministeriales de Vivienda y Urbanismo ver enlace
En general, dar cumplimiento a las tareas que les encomienden las leyes y los reglamentos vigentes. Art. 2°, D.S N° 397, (V. y U.), de 1976 Reglamento Orgánico de las Secretarías Ministeriales de Vivienda y Urbanismo ver enlace




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