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Potestades, competencias, responsabilidades, funciones, atribuciones y/o tareas

desde el 01 de Marzo de 2009 al 31 de Julio de 2016.

Última actualización: 11.08.2016

A continuación se presenta toda la normativa que establece potestades, competencias, responsabilidades, funciones, atribuciones y/o tareas para este Organismo (Región de Antofagasta).
Potestad, competencia, responsabilidad, función, atribución y/o tareas Fuente legal Enlace a la publicación o archivo correspondiente
Concretar la política nacional de vivienda, urbanismo y equipamiento en sus regionesD.S. N° 397,(V. y U.), de 1976, Reglamento Orgánico de las Secretarias Ministeriales de Vivienda y Urbanismo, TÍTULO I ARTÍCULO 2° letra a)ver enlace
Planificar el desarrollo urbano regional e intercomunal y apoya la planificación comunalD.S. N° 397,(V. y U.), de 1976, Reglamento Orgánico de las Secretarias Ministeriales de Vivienda y Urbanismo, TÍTULO I ARTÍCULO 2° letra b)ver enlace
Planificar la actividad regional en materia habitacionalD.S. N° 397,(V. y U.), de 1976, Reglamento Orgánico de las Secretarias Ministeriales de Vivienda y Urbanismo, TÍTULO I ARTÍCULO 2° letra c)ver enlace
Programar la inversión regional en materia de vivienda, urbanización y equipamiento, dentro de las disponibilidades presupuestariasD.S. N° 397,(V. y U.), de 1976, Reglamento Orgánico de las Secretarias Ministeriales de Vivienda y Urbanismo, TÍTULO I ARTÍCULO 2° letra ch)ver enlace
Controlar y evaluar la labor que se cumple por el Sector dentro de la regiónD.S. N° 397,(V. y U.), de 1976, Reglamento Orgánico de las Secretarias Ministeriales de Vivienda y Urbanismo, TÍTULO I ARTÍCULO 2° letra d)ver enlace
Promover y difundir las políticas habitacionalD.S. N° 397,(V. y U.), de 1976, Reglamento Orgánico de las Secretarias Ministeriales de Vivienda y Urbanismo TÍTULO I ARTÍCULO 2° letra e)ver enlace
Velar por el estricto cumplimiento por parte del SERVIU de los planes, programas, normas e instrucciones impartidas por el Ministro y por el Subsecretario de Vivienda y Urbanismo y, especialmente, porque sus inversiones se ajusten a los presupuestos aprobados para ellosD.S. N° 397,(V. y U.), de 1976, Reglamento Orgánico de las Secretarias Ministeriales de Vivienda y Urbanismo, TÍTULO I ARTÍCULO 2° letra f)ver enlace
En general, dar cumplimiento a las tareas que les encomienden las leyes y los reglamentos vigentesD.S. N° 397,(V. y U.), de 1976, Reglamento Orgánico de las Secretarias Ministeriales de Vivienda y Urbanismo, TÍTULO I ARTÍCULO 2° letra g)ver enlace

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